TRAMITACIÓN GRATUITA DE LAS BONIFICACIONES PARA LA FORMACIÓN DE SUS TRABAJADORES:

¿Quién puede acceder a estas ayudas?

Todas las empresas ubicadas en el territorio español que coticen por contingencias profesionales y realicen formación para sus trabajadores (no autónomos).

¿Cómo puedo saber la cantidad subvencionable de cada curso?

La Cámara de Palencia, le informará y orientará sobre cuál es la bonificación máxima de la que dispone su empresa para impartir formación a sus empleados.

El Crédito Anual Formativo se calcula en función de la cuota de formación que paga por cada uno de sus trabajadores y si no se consume antes de finalizar el año, se pierde, por lo que conviene aprovecharlo al máximo.

¿Cuál es el plazo para acceder a las ayudas?

Para poder garantizar el cumplimiento de todos los plazos, será necesario que la empresa haya aportado toda la documentación a la Cámara 10 días antes del inicio de la acción formativa.

TEXTOS LEGALES:

  • Real Decreto 395/2007 de 23 de marzo por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo.
  • Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio, por la que se desarrolla parcialmente el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo en materia de formación de demanda y su financiación, y se crea el correspondiente sistema telemático, así como los ficheros de datos personales de titularidad del Servicio Público de Empleo Estatal.