Tras la aprobación del Real Decreto 202/2000, de 11 de febrero, por el que se establecen las normas relativas a los Manipuladores de Alimentos, y del Decreto 269/2000, de 14 de diciembre, por el que se regulan los planes de formación sobre higiene de los alimentos en industrias y establecimientos alimentarios, se ha modificado sustancialmente el procedimiento para la obtención del carnet de manipulador de alimentos, el cual es OBLIGATORIO para todas aquellas personas que presten servicios en empresas dedicadas a preparación, fabricación, transformación, elaboración, envasado, almacenamiento, transporte, distribución, manipulación, venta, suministro y servicio de productos alimenticios al consumidor.
Sectores a los que va dirigido:
| Fecha | Horario | Formación | Duración | Lugar | Precio |
|---|---|---|---|---|---|
| 23/08/2010 | 09:00-10:00 | Semipresencial | 1 hora | Vivero de Empresas | 35 € |
| 23/08/2010 | 10:30-11:30 | Semipresencial | 1 hora | Vivero de Empresas | 35 € |
| 27/09/2010 | 17:00-18:00 | Semipresencial | 1 hora | Vivero de Empresas | 35 € |
| Se exige INSCRICIÓN PREVIA - Tfno: 979 165 051 | |||||